El Poblado S.A Poblado S.A


  Autorización voluntaria

TÉRMINOS Y CONDICIONES PROGRAMA REFERIDOS

  1. Podrán participar en el programa todos los clientes que hayan adquirido al menos un producto con la empresa, no aplica para colaboradores de El Poblado S.A.
  2. El beneficio por referido efectivo es de ($1.000.000) un millón de pesos el cual puede ser abonado al saldo del capital adeudado o a las cuotas programadas.
  3. El bono de $1.000.000 también puede aplica como abono a cuotas vencidas y/o descuento al saldo del capital y/o a adelanto de cuotas y/o pago de trámite de escritura.
  4. Para poder participar en el programa, el REFERIDOR debe inscribirse en la página web www.elpobladosa.com y haber aceptado los términos y condiciones.
  5. Solo se tendrán en cuenta los REFERIDOS que hayan sido inscritos en la página y que hayan aceptado el uso de sus datos personales (Cada referido tendrá una vigencia de 3 meses para que sea efectivo el programa).
  6. El beneficio por referido efectivo se hará a los 30 días de que el referido efectivo haya firmado la promesa de compraventa.
  7. El Programa de REFERIDOS de El Poblado S.A se reserva el derecho de rechazar la inscripción de toda persona que no reúna los requisitos para participar del programa.
  8. Los favorecidos aceptan de antemano las condiciones bajo las cuales la empresa lo ha escogido sin derecho a reclamar mejoras o cambios de ninguna manera.
  9. Si dos clientes (REFERIDOR) refieren a la misma persona (REFERIDO), primará el orden de ingreso del referido en la web. La participación del cliente es gratuita y sin costo.
  10. La participación del cliente es gratuita y sin costo.
  11. La promoción es intransferible, no negociable, no canjeable, ni por otros bienes o servicios.
  12. El beneficio solo se entregará abonado al saldo o a la cuota del cliente referidor.
  13. Los propietarios que ya no cuentan con obligaciones pendientes de financiación o escrituración pueden elegir entre dos opciones: (a) recibir dinero en efectivo por valor de un millón de pesos ($1.000.000), este dinero será abonado a una cuenta bancaria previamente inscrita (b) Recibir un bono de un millón de pesos ($1.000.000) abonado a la compra de un lote nuevo.
  14. Los propietarios que se encuentren en estado pagado o en trámite de escritura pueden abonar el bono de un millón de pesos ($1.000.000) para el pago de los gastos de escrituración si así lo desea o Recibir un bono de un millón de pesos ($1.000.000) abonado a la compra de un lote nuevo.
  15. Por razones de caso fortuito o fuerza mayor, se podrá suspender parcial o totalmente el presente beneficio, sin que ello implique remuneración o compensación hacia los participantes.
  16. El Poblado S.A. será la autoridad final y competente respecto a la interpretación y modificación de estos términos y condiciones. El programa podrá introducir modificaciones al presente reglamento, incluso incorporar otros requisitos o condiciones para los propietarios ganadores de premios y/o modificar los términos y condiciones generales, escalas de referidos efectivos y servicios, sin expresión de causa, para cuyo efecto comunicará tal situación a sus propietarios a través de medios virtuales
  17. El programa tiene vigencia a partir del 01 de marzo de 2020.